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Sistema del Tratado Antártico

El Tratado Antártico se firmó en Washington en 1959 para designar la Antártida como una región de paz y cooperación y abordar las cuestiones relacionadas con los reclamos de soberanía. Su propósito primordial es “ en inter é s de toda la humanidad que la Ant á rtida contin ú e utiliz á ndose siempre exclusivamente para fines pac í ficos y que no llegue a ser escenario u objeto de discordia internacional”. El Tratado es la base de varios acuerdos conexos que, junto con las medidas adoptadas en el marco del Tratado Antártico y los acuerdos conexos, suelen denominarse Sistema del Tratado Antártico.

Los otros acuerdos que integran el sistema son:

  • el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente (Madrid, 1991);
  • la Convención para la Conservación de Focas Antárticas (CCFA, Londres, 1972); y
  • la Convención para la Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA, Canberra, 1980).

Aunque la CCFA y la CCRVMA son acuerdos independientes, contienen disposiciones que representan un compromiso de las Partes con aspectos esenciales del Tratado Antártico, como el artículo IV sobre la situación jurídica de los reclamos territoriales. Solo las Partes del Tratado Antártico pueden adherirse al Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente.

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